El caso que abrió la discusión
La investigación parte de una factura que generó debate en Colombia: en 2016, Coca-Cola pagó 607.501 pesos colombianos por captar 56 millones de litros de agua en La Calera. El monto era el establecido por la regulación, pero fue considerado ínfimo por autoridades nacionales y locales y puso bajo examen el funcionamiento de la Tasa por Uso del Agua.
Veinte años de información incompleta
Al revisar los reportes de 2004 a 2023, el Ministerio de Ambiente concluyó que era imposible reconstruir cuánto pagó cada empresa o acueducto año por año. De 41 corporaciones autónomas regionales, apenas cerca de la mitad había remitido información en los últimos años; el análisis ministerial terminó trabajando con aproximadamente el 41% de los datos que debía recibir.
Mediciones y cálculos que no permiten comparar
La revisión encontró problemas de cálculo en entre el 69% y el 99% de los reportes, según el año. Para 2023, el 24% de las concesiones analizadas no contaba con sistemas de medición y el 53% no reportó el volumen captado. Sin una lectura confiable del caudal utilizado, la facturación se basa en estimaciones y pierde capacidad para reflejar el uso real y las condiciones de cada fuente.
Qué significa para la Seguridad Hídrica
El caso no demuestra por sí solo cuál debería ser la tarifa correcta, pero sí evidencia que la información es parte esencial de la infraestructura. Para VTV, una gestión verificable debe registrar origen, volumen, calidad, continuidad, tratamiento, energía y costos asociados. Solo así es posible comparar alternativas, identificar pérdidas, justificar inversiones y evaluar cada proyecto con criterios transparentes.
- Medir el volumen captado y producido, no depender de estimaciones.
- Conservar registros comparables de calidad, operación y mantenimiento.
- Relacionar el costo visible con disponibilidad, continuidad y riesgo operativo.
Este contenido resume y contextualiza información de la fuente enlazada. Tiene fines educativos y no sustituye análisis de laboratorio, evaluación médica ni recomendaciones de la autoridad competente.
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